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FORMACIÓN

En el mundo empresarial la formación de los trabajadores se ha convertido no solo en una necesidad para el funcionamiento de la empresa sino también un elemento de vital importancia para el desarrollo profesional y el aumento en la capacidad de crecimiento e innovación.

Pero además de ello, existe en la formación un tema vital, como es el cumplimiento obligatorio de la normativa vigente.

Este cumplimiento de las normativas es necesario no solo para realizar la actividad en el Mercado de Pescados en plena legalidad, sino para mantener la reputación de la empresa.

Como sabéis, la legislación se encuentra en constante transformación y desarrollo en todas las áreas (seguridad alimentaria, protección de datos, etc.) y es por ello que las empresas deben mantenerse al día en el cumplimiento de las mismas.

En esta línea, la AEMPM ofrece la posibilidad de organizar los cursos de formación necesarios para un correcto cumplimiento de la legalidad, teniendo en cuenta además que estos cursos son bonificables al 100% por FUNDAE.

Los cursos que ofrecemos son:

  • Curso de Prevención del Acoso Laboral: según el artículo 48 de la Ley de Igualdad 3/2007 las empresas (independientemente del tamaño de su plantilla) están obligadas a tener un protocolo de acoso laboral y recibir la formación necesaria. Dicho curso es importante porque proporciona herramientas importantes para identificar, prevenir el acoso en el ámbito laboral.
  • Curso de manipulación de alimentos: El Reglamento 852/2004sobre higiene de productos alimenticios recoge la obligación de las empresas alimentarias de garantizar la formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria. Es una formación obligatoria para los trabajadores que por su actividad laboral, tienen contacto directo con los alimentos durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, venta, suministro y servicio.
  • Curso de manejo de Carretillas: según el artículo 19 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborables. El empresario tiene que garantizar que sus trabajadores reciban una formación específica en sus puestos, en este caso el manejo de carretillas elevadoras.
  • Prevención de Riesgos Laborables: según el artículo 19 de la Ley de PRL«el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva«.

 

Además, contamos con la posibilidad de organizar otro tipo de cursos que respondan a las necesidades de los asociados en colaboración con empresas de formación acreditadas.

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